Este nuevo espacio, que tendrá una estructura metálica de 45 metros de largo por 28 de ancho (1.260 m² construidos), estará preparado para albergar una variedad de actividades como eventos deportivos, mercadillos, fiestas patronales, ferias de artesanía y eventos gastronómicos. Estará separado del aparcamiento por un itinerario peatonal.
Esta actuación representa la segunda fase de intervenciones en el Recinto Ferial. El año pasado, una inversión de unos 146.000 euros permitió adecuar el espacio con la pavimentación de accesos y aparcamiento, la construcción de baños públicos y un almacén.
Paralelamente, el ejecutivo municipal tramita desde 2022 la modificación puntual 11 de las Normas Subsidiarias. Esta modificación cambia la calificación del suelo de la parcela de 5.955 m², situada al oeste del pueblo, para hacer posible el Recinto Ferial. El cambio urbanístico, que cuenta con informe ambiental favorable desde junio de 2023, ajusta el límite del suelo urbano.
El consistorio de Artana también ha impulsado otros tres cambios urbanísticos relevantes en los últimos dos años. En mayo de 2024, se aprobó la modificación puntual 12, que cambia la calificación de un chaflán de la calle Alcudia de Veo de residencial a red viaria. Además, una parcela calificada como zona verde pasa a uso residencial, mientras que otra parcela en la calle Buenavista, antes residencial, se convierte en zona verde para preservar la vista del castillo.
La modificación puntual 13, aprobada en julio de 2024, permite crear una nueva conexión desde la calle Buenavista hasta el camino del castillo, habilitando un mirador y abriendo la posibilidad de construir viviendas en una parcela actualmente bloqueada.
Finalmente, se ha modificado el artículo 99 de las Normas Subsidiarias para facilitar la implantación de granjas. La nueva regulación establece distancias mínimas respecto al casco urbano: 3 km para explotaciones porcinas, 300 metros para senderos y 100 metros para ríos. Para otras explotaciones y núcleos zoológicos, las distancias son de 1 km (casco urbano), 100 metros (senderos) y 50 metros (ríos). Las granjas avícolas y de autoconsumo tienen una distancia de 500 metros, y los recintos sin estiércol, como centros equinos o de compañía, pueden situarse a 25 metros.




