València actualiza la normativa de los mercados municipales para permitir la apertura en festivos

La nueva ordenanza limita la venta de productos no alimentarios y regula la convivencia y el relevo generacional.

Imagen genérica de un mercado municipal con puestos de venta de productos frescos.
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Imagen genérica de un mercado municipal con puestos de venta de productos frescos.

La Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Valencia ha dado luz verde a una nueva ordenanza que moderniza el funcionamiento de los mercados municipales, permitiendo la apertura en días festivos y limitando la venta de productos no alimentarios.

El texto normativo, elaborado en colaboración con la Confederación de Mercados Tradicionales de la Comunitat Valenciana, establece que los puestos de venta de productos no alimentarios no podrán superar el 10% del total. Para este cálculo, se excluyen espacios específicos como los puestos exteriores, la galería comercial de Torrefiel y el mercado de la Plaza Redonda.
En cuanto a los horarios, se ha fijado una franja general de apertura entre las 7.30 y las 15 horas, con un mínimo de seis horas de actividad, aunque se permitirá la adaptación según las necesidades de las asociaciones de vendedores. La actividad en festivos estará permitida, excepto en fechas señaladas como el 1 y 6 de enero, el 1 de mayo, el 9 d'Octubre y el 25 de diciembre.
La normativa también introduce cambios en la convivencia, prohibiendo el acceso con animales —salvo perros lazarillo—, así como la entrada sin calzado, sin camiseta o con vehículos como bicicletas y patinetes. Además, se busca evitar la especulación con las concesiones, impidiendo el traspaso de la titularidad durante el primer año de obtención de la licencia.
Finalmente, se han incorporado medidas para facilitar la conciliación familiar y el relevo generacional. Se permitirá que los puestos sean atendidos por familiares directos, siempre que estén dados de alta en la Seguridad Social, y se han clarificado los procedimientos para la transmisión de concesiones en casos de incapacidad permanente o situaciones familiares sobrevenidas.