La modificación, aprobada por el Pleno municipal el pasado 30 de julio de 2026, incorpora el artículo 23 bis, titulado “Condiciones específicas para cambios de uso a residencial en edificaciones existentes”. Según establece la ley, el expediente permanecerá expuesto al público durante treinta (30) días hábiles.
Durante este periodo, cualquier persona interesada podrá examinar la documentación y presentar las reclamaciones o alegaciones que considere oportunas. La consulta se podrá realizar tanto en las dependencias municipales, en horario de oficina, como a través de la página web del Ayuntamiento de Petrer.
Una vez transcurrido el plazo de exposición pública, si no se han presentado reclamaciones, la modificación de la ordenanza se entenderá como definitivamente aprobada. Según la ley de Procedimiento Administrativo Común, este acto es de trámite y no admite recurso, sin perjuicio de poder formular oposición y alegaciones.




